
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha aclarado que los establecimientos de hospedaje —como hoteles, casas rurales o apartamentos turísticos— no pueden solicitar ni conservar una copia del DNI o del pasaporte de sus clientes.
Según la normativa vigente, los alojamientos solo están autorizados a recoger los datos necesarios para el cumplimiento de la obligación de registro de viajeros, en virtud de la Ley Orgánica 4/2015, de protección de la seguridad ciudadana. En ningún caso se permite escanear, fotocopiar o almacenar imágenes de documentos oficiales como el DNI o el pasaporte.
Esta práctica podría suponer una infracción en materia de protección de datos, por lo que la AEPD recomienda a los ciudadanos que se nieguen a facilitar copias y que presenten únicamente el documento físico para la anotación de los datos requeridos.
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